Fabio Humberto Santana Urrego
Fabio Humberto Santana Urrego

 La legalidad es el cumplimiento estricto de las leyes escritas y vigentes, mientras que la legitimidad alude al consenso, la justicia y la aceptación moral o social de esas leyes. En derecho, la legalidad se refiere a si un acto se ajusta al marco jurídico, y la legitimidad, si la sociedad lo considera justo y válido.

Es legal si se ajusta al marco vigente. Se basa en el principio de que todo acto del Estado y de los ciudadanos debe someterse a la ley, garantiza la certeza y la igualdad. Una norma es legal simplemente si fue creada por el órgano competente, siguiendo el procedimiento formal, sin importar si la mayoría de la población está de acuerdo con ella. Es la condición por la cual un acto, decisión o conducta se encuentra conforme al ordenamiento jurídico vigente en un Estado.

Todo acto es legal y debe realizarse dentro del marco de las leyes establecidas, respetando los principios fundamentales del Derecho.

El principio de legalidad nos indica que cualquier acción de los poderes públicos debe estar regido por las normas del ordenamiento jurídico y no por decisiones arbitrarias o voluntades individuales. Tiene su origen en el Derecho administrativo, donde cumple una función esencial: limitar el poder del Estado, asegurando que sus actuaciones se ajusten a lo dispuesto por la ley. Su objetivo es proteger a los ciudadanos frente a la arbitrariedad del poder y garantizar la seguridad jurídica. El principio de legalidad impone que la ley prevalezca sobre cualquier interés individual o institucional, para evitar el abuso del poder por parte del Ejecutivo o el Judicial, siempre respetando un marco normativo que ordene, regule y limite la 1 acción estatal; es un pilar del estado de derecho, ya que permite controlar el ejercicio del poder y proteger los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos . Legitimidad  Es todo aquello que se acepta como válido o justo dentro de la estructura jurídica de un País, con la cualidad connatural que permite considerar esas situaciones como legítimas por estar de acuerdo con la ley; un término desarrollado por la ciencia política, el Derecho y la Filosofía en virtud a que todo el orden Institucional, es decir, el poder político es aceptado por emanar de leyes e instituciones previamente establecidas. Implica reconocimiento y aceptación.  Una norma, una autoridad o un sistema político se consideran legítimos cuando son aceptados por la sociedad como válidos, justos y dignos de obediencia, supone que la norma o autoridad debe cumplir tres condiciones básicas: validez, justicia y eficacia. Validez: Es un requisito formal y técnico cumple con los procedimientos legales, es emitido por un órgano competente y respeta la jerarquía normativa. Exige que dichas normas no deben contradecir a otras superiores.

Justicia: La justicia actúa como cimiento ético y moral, otorga legitimidad al poder político y al sistema jurídico, necesariamente debe percibirse como razonable y equitativo, con rectitud, no hacer daño a nadie, dar a cada persona lo que le corresponde según la razón y la moral, respetando los derechos ajenos y no dejarse llevar por favoritismos o prejuicios. Es el filtro definitivo para que el poder no se convierta en mera fuerza o tiranía. Una norma o autoridad puede cumplir con todos los requisitos formales, validez, pero si carece de justicia, la sociedad la percibirá como un abuso y retirará su apoyo. Impone límites al poder del Estado. 

Un gobierno legítimo no es aquel que puede hacer cualquier cosa solo porque tiene la mayoría de los votos o las armas. La justicia moral exige que el poder político respete la dignidad humana, la igualdad ante la ley y las libertades básicas de cada individuo. Es manifiesta la obediencia voluntaria cuando las personas perciben que las leyes y las instituciones son justas y experimentan un deber moral de cooperación y respeto hacia el orden establecido. La ética define que el propósito de cualquier estructura política debe ser el bienestar colectivo y la equidad, no el beneficio de un grupo selecto. La justicia asegura que las cargas impositivas, los deberes y los beneficios, se distribuyan de manera razonable y equilibrada entre todos los miembros de una comunidad.  

Eficacia: En el ámbito jurídico político es el grado en que una norma, institución o gobierno logra sus objetivos para los que fue creada. En contraste con la legitimidad es la aceptación y justificación del poder por parte de la sociedad y radica en que la eficacia es el sustento empírico o material. Es la capacidad de producir efectos reales, medibles y útiles en la sociedad. Se centra exclusivamente en el qué, se logra y el cumplimiento de las metas.

Debe ser acatada y respetada por los ciudadanos, sin importar los recursos utilizados. Cuando una autoridad goza de legitimidad está habilitada para ejercer funciones públicas, emitir normas, tomar decisiones y ser obedecida por la ciudadanía, es el grado de aceptación y reconocimiento que recibe una norma o autoridad, más allá de su mera legalidad. Esta legitimidad se sustenta tanto en un marco legal como en la aceptación social. Entre tanto, la legalidad se refiere al cumplimiento estricto de las leyes. Algo es legal si se ajusta al marco jurídico vigente. Una acción puede ser legal, pero ilegítima si no cuenta con la aprobación o aceptación de la sociedad. Asimismo, una autoridad puede perder su legitimidad si viola sistemáticamente las leyes, aun si ha accedido al poder de manera legal. 

El principio de legalidad es un pilar del estado de derecho, ya que permite controlar el ejercicio del poder y proteger los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos. Diferencia entre legalidad y legitimidad Legalidad y legitimidad son conceptos fundamentales en la teoría política y en el funcionamiento del Estado de derecho, aunque no significan lo mismo. La legalidad se refiere a la conformidad con el derecho positivo, es decir, al cumplimiento de las leyes establecidas por un sistema jurídico.

La legitimidad hace referencia al reconocimiento social y ético de la autoridad que ejerce el poder, basándose en valores como la justicia y el consenso popular. Mientras que la legalidad da validez jurídica a las acciones del poder, la legitimidad les da aceptación moral y social La legalidad impone una obligación jurídica. La legitimidad genera un reconocimiento ético que otorga al poder autoridad moral. Una autoridad puede ser legal, haber accedido al poder conforme a la ley, pero no necesariamente legítima si no cuenta con la aceptación o respaldo de la población. Por ello, ambos conceptos son necesarios para el pleno funcionamiento de un Estado Democrático; la legalidad garantiza el respeto a las normas, y la legitimidad asegura la confianza y obediencia de los ciudadanos.

La diferencia clave desde el punto de vista político es que la legalidad se basa en el poder formalizado por las leyes, mientras que la legitimidad se basa en la autoridad reconocida y aceptada por los ciudadanos. 4 Un gobierno puede tener toda la legalidad para gobernar, pero carecer de la legitimidad necesaria para que sus ciudadanos lo obedezcan pacíficamente Comparación Política Directa Se refiere a los actos político institucionales.  Se obtiene mediante mecanismos procedimentales, votos, nombramientos constitucionales, los cuales otorgan la titularidad formal de los cargos públicos y el control de las instituciones. Se apoya en el monopolio de la fuerza del Estado para hacer cumplir las decisiones. Se pierde por violar la ley o por la ruptura del hilo constitucional.

La legitimidad político social se obtiene mediante el consenso, la confianza y el respaldo de la población. Otorga la capacidad real de gobernar y de mantener la estabilidad social sin usar la fuerza.  Se apoya en la creencia colectiva de que el gobernante es el correcto o el más apto.

Su pérdida ocurre por crisis de gestión, corrupción o desatención de las demandas populares. Cuando un pueblo no reconoce el resultado de una elección a pesar de ser legal, se produce una ruptura entre legitimidad formal (legalidad) y la legitimidad social. Este fenómeno ocurre porque una elección puede cumplir estrictamente con todas las leyes vigentes, pero carecer de la confianza, aceptación y validación de los ciudadanos.

Un pueblo rechaza una elección legal, cuando tiene una percepción de injusticia institucional. Las leyes electorales pueden haber sido diseñadas o manipuladas por el grupo en el poder para favorecerse, haciendo que el proceso sea legal pero injusto. La ausencia de observadores independientes o la opacidad en el conteo de votos destruye la confianza pública, aunque los órganos oficiales avalen el resultado, dando lugar a una falta de transparencia en el evento electoral. 

El uso ilegal de recursos públicos, el control absoluto de los medios de comunicación o la inhabilitación de candidatos opositores ensucian el proceso antes del día de la votación. Una narrativa constante de fraude, con o sin pruebas, puede convencer a un sector masivo de la población de que los resultados son falsos. La pérdida de legitimidad social es una consecuencia para que el Gobierno electo enfrente protestas constantes, paros nacionales y resistencia civil, con efectos negativos para la administración pública porque la puede paralizar. Por lo tanto, al no ser reconocido el nuevo gobierno, carecería de autoridad moral para implementar reformas y/o imponer el orden.

Otra consecuencia que puede sufrir el nuevo gobierno puede ser un aislamiento internacional, lo cual significa que otros países y organismo globales pueden llegar a desconocerlo, circunstancia que puede dar lugar a imposición de sanciones económicas y/o diplomáticas.

Una situación política que sufra este escenario, demuestra que la legalidad, entendida como el cumplimiento de la norma escrita, es insuficiente si no va acompañada de legitimidad, consentimiento de los gobernados.

Cuando la brecha es total, el sistema político entra en un estado de vulnerabilidad democrática extrema. El caso de la elección presidencial de Abelardo de la Espriella, frente a las denuncias del presidente en ejercicio, Gustavo Petro Urrego, representa una de las mayores crisis de legalidad versus legitimidad, respecto del actual debate electoral.  La legalidad del presidente electo, Abelardo de la Espriella, se encuentra plenamente ratificada por las instituciones del Estado. El Consejo Nacional Electoral, resolvió todas las reclamaciones institucionales y proclamó oficialmente como presidente electo a 6 De la Espriella, por haber obtenido 12.9 millones de votos (49,66%) frente a los 12,7 millones (48,70%) del candidato oficialista Iván Cepeda. La Misión de Observación Electoral de la Unión Europea, desplegó observadores y certificó que los datos del pre conteo y el escrutinio final coincidieron en un 99%, descartando la existencia de un fraude. Organizaciones civiles como la Corporación DemocrTIA Global, respaldaron también la validez legal del proceso. A pesar de estar cumplidos todos los requisitos legales, la legitimidad del gobierno entrante está bajo severo ataque político debido al estrecho margen de la victoria, menos un punto porcentual y la extrema polarización del país. El presidente Gustavo Petro, declaró públicamente que “no reconoce la legitimidad del gobierno entrante”, razón para que se califique esta situación como un hecho sin precedentes en la historia democrática de Colombia.

Petro argumenta que existió un “fraude electoral por vía algorítmica” operado por empresas extranjeras de ciberseguridad contratadas por la Registraduría. Sin embargo, analistas jurídicos coinciden en que estas acusaciones carecen de sustento probatorio formal. Un amplio sector de la base política del gobierno saliente, ha acogido la narrativa del fraude y desconoce los resultados. El presidente Petro convocó a sus bases a movilizarse en las plazas públicas el 20 de julio en señal de rechazo. En el plano de la legalidad, la elección está blindada, constitucionalmente, el presidente saliente no tiene la facultad jurídica de anular las elecciones, declarar a otro ganador o prolongar su mandato. No obstante, en el plano de la legitimidad, el nuevo gobierno nacerá profundamente debilitado ante un sector masivo de la población. Gremios económicos, bancos, alcaldes, Aso capitales y partidos de oposición advierten que esta brecha provocada por la polarización amenaza con generar una grave crisis de gobernabilidad  y estabilidad democrática a partir del 7 de agosto. Si la polarización en Colombia se profundiza bajo la narrativa de un gobierno ilegítimo y se consolida un llamado formal a la desobediencia civil, el país se enfrentará a un escenario de altísima vulnerabilidad institucional.

En la ciencia política y el derecho constitucional, ese tipo de fractura entre legalidad y legitimidad suele desencadenar consecuencias críticas en múltiples frentes. La persistencia de este escenario debilitaría la democracia colombiana al punto de una crisis de Estado, donde el nuevo presidente tendría la legalidad formal para firmar decretos, pero carecería de la autoridad social y el control real para hacerlos cumplir efectivamente en el territorio nacional Si la polarización persiste y se consolida la desobediencia civil en Colombia, el país podría enfrentar cuatro consecuencias críticas: Ingobernabilidad. Bloqueo absoluto de leyes en el Congreso y falta de cooperación de alcaldes y gobernadores opositores. Caos económico. Fuga de capitales, devaluación del peso, riesgo de impago de impuestos y rebaja en la calificación crediticia del país.

Desorden público: Paros nacionales prolongados, bloqueos de vías, desabastecimiento de alimentos y riesgo de choques violentos entre ciudadanos. Desgaste institucional: Presión extrema sobre la Fuerza Pública para contener las marchas y una judicialización masiva de los líderes de las protestas. El nuevo presidente tendría el poder legal en el papel, pero carecería del control real para gobernar el territorio nacional.

El presidente obligado por constitución a manejar y conjurar cualquier crisis de orden público entre el 20 de julio y el 6 de 8 agosto de 2926 es el actual, Gustavo Petro Urrego, mandatario en funciones. La arquitectura legal y el relevo de mando en Colombia funcionan bajo estrictas reglas que definen las responsabilidades en este escenario de transición: Mando vigente hasta el último momento. Según la constitución y lo ratificado expresamente por el Ministerio de Defensa, Gustavo Petro mantiene la totalidad de sus facultades constitucionales y legales como jefe de Estado, jefe de gobierno y máximo comandante en jefe de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional de forma ininterrumpida hasta el próximo 6 de agosto a la medianoche. Imposibilidad de actuación del Presidente electo.  

El presidente electo, Abelardo de La Espriella, es únicamente un ciudadano con una proclamación oficial emitida por el Consejo Nacional Electoral, por lo tanto, carece de facultades ejecutivas. No puede firmar decretos legislativos, decretar estados de excepción, como la conmoción interior, ni dar órdenes a la Fuera Pública hasta que tome el juramento oficial. Si las manifestaciones o los llamados a la desobediencia civil escalan antes del 7 de agosto, el gobierno Petro tiene el deber legal e ineludible de preservar el orden público y garantizar el normal funcionamiento del Estado empleando las herramientas ordinarias o extraordinarias pertinentes, ya que omitir esta responsabilidad constituiría una falta gravísima a sus órdenes constitucionales. El cambio de mando y el traslado total de estas responsabilidades presidenciales al nuevo mandatario se ejecutarán de manera automática a partir del 7 de agosto de 2026, momento en el cual se realiza la ceremonia formal de posesión. Un intento de traspaso informal del poder fracasaría institucionalmente. 

Iván Cepeda carecería de presupuesto, del 9 mando de las tropas y del reconocimiento de las cortes. Gustavo Petro terminaría su mandato suspendido o bajo arresto, y la institucionalidad colombiana forzaría el cumplimiento de la ley para posesionar al presidente electo por los ciudadanos en las urnas. Ante la negativa de Petro de entregar la banda presidencial en la Plaza de Bolívar, el Congreso de la República sesionaría en una sede alterna. Si el capitolio estuviera bloqueado, Abelardo de la Espriella tomaría juramento ante la corte suprema de Justicia, según artículo 192 constitucional, asumiendo legalmente el mando de la Nación. La Fiscalía general de la Nación dictará órdenes de captura inmediatas contra gustavo Petro, Iván cepeda y los funcionarios que apoyen la medida. Serían procesados por delitos graves contra el régimen constitucional, tales como: rebelión, sedición, o conspiración.

 La Comisión de Acusaciones del Congreso abriría un proceso sumario para destituir formalmente a Petro antes del cambio de mando oficial, despojándolo de cualquier fuero constitucional remanente. El país vive una encrucijada institucional tras las elecciones presidenciales. El candidato de derecha radical Abelardo de la Espriella fue proclamado presidente de la República La coyuntura política se centra en el periodo de transición política tras unas elecciones reñidas presidenciales, donde las posturas encontradas respecto a la validez de los resultados y las reformas institucionales han puesto a prueba la estabilidad democrática. El problema político se puede desglosar bajo ambos conceptos.

Tras consolidarse los resultados electorales que declararon la victoria de sectores de oposición, figuras del gobierno saliente y lideres políticos han planteado dudas sobre la trasparencia de las votaciones o las condiciones de elegibilidad del candidato ganador. Al sugerir la convocatoria a manifestaciones o el desconocimiento de los escrutinios oficiales invocando una supuesta “defensa de la soberanía popular”, se está utilizando un 10 discurso basado en la legitimidad o la falta de ella, como un argumento moral para oponerse al veredicto de las urnas Este cuestionamiento busca restar validez política y aceptación social al nuevo mandatario antes de su posesión, movilizando el descontento de una gran parte de la ciudadanía.

 Respuesta a la legalidad Frente a estos llamados, gremios, organizaciones civiles como la Corporación Democrática TIA Global y las altas cortes defienden la legalidad estricta.

 El argumento institucional es contundente: el proceso electoral fue auditado, cuenta con el respaldo de la Registraduría y se rigió por los procedimientos establecidos en la constitución de 1.991. Desde este punto de vista, cualquier inconformidad no puede tramitarse mediante discursos de desacato o desobediencia civil en la calle, sino exclusivamente a través de los canales jurídicos y jueces competentes. Los sectores institucionales advierten que atacar la legalidad del sistema electoral sin pruebas jurídicas destruye la confianza y debilita al Estado de derecho.

Julio 10/26 Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.